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Peligroso giro legal en Colombia sobre publicaciones en Internet

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(Foto de http://runrun.es/wp-content/uploads/2012/01/twitter_censor_0.png)

Tres publicaciones en Internet que han generado la intervención de la policía y la justicia abren el debate frente a libertad de expresión y la salvaguarda de derechos personales.

En el último mes tres casos deberían preocupar a todos los internautas en Colombia.  La razón: por primera vez en la historia estamos ante actividad Estatal que busca contrarrestar los comentarios e ideas que circulan a Internet.

Si bien algunos de ellos pueden ser delito, cada uno de estos casos pone de manifiesto un giro en la forma cómo se venía actuando en Internet. Es evidente que se despertó una preocupación que hace meses no existía y para MuchoHacker.com se pone en riesgo la libertad, neutralidad y forma natural en la que Internet funciona.

El primer caso sucedió el 7 de junio de 2014. Los medios de comunicación informaron que el mismo presidente de la república pedía la investigación de la falsificación de su firma en un meme. Algún usuario de Internet, había falsificado un decreto y debido a que tenía un tono humorístico y parecía real, muchas personas lo compartieron.

No se ha sabido qué pasó con el creador de la pieza gráfica. Pero parece muy clara la idea desde la presidencia acerca de controlar lo que circula en Internet.

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El segundo caso es más grave aún. Según Sergio Araujo Castro afirmó que de la misma presidencia se pidió investigar una publicación en Twitter.

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Castro borró los trinos una vez los hizo y brevemente se tocó el tema en alguna emisora.

El último caso lo publica hoy el diario El Espectador y es el más grave de todos. Por primera vez en la historia se condena a 19 meses de prisión a una persona por comentar en un foro de Internet.

El periodista @juansjimenezh, durante el desarrollo de su nota,  entrevistó a Omar Rincón quien afirma que, teniendo en cuenta este antecedente, el presidente Uribe debería estar en la cárcel.

¿Qué pasará con esos perfiles de uribistas que todo el tiempo hacen esta actividad y los que crean tendencias en Twitter que pueden ser delito o aquellas persona que realizan actividades de suplantación?

Pero el caso va más allá. En este momento el comentario no existe y el mismo periódico advierte que ellos editan los mensajes de las personas.

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Estos tres casos demuestran un giro muy radical en Colombia frente al tema de la libertad de expresión en Internet y las preocupaciones que rondan a la presidencia, y otras instituciones, alrededor de lo que se publica en Internet.

El fallo es gravísimo para el futuro de Internet en Colombia y es contradictorio frente a otros conceptos de la misma justicia en cuanto al delito de injuria en Colombia que tienen que ver con plataformas de comunicación . No solamente puede ser perjudicial para los cibernautas  igualmente para los administradores de las plataformas que permiten los comentarios.

Todo esto se da en medio de foros y comentarios llenos de basura, odio y delitos que día a día se realizan en Internet.  Si bien se están cometiendo todo tipo de delitos podríamos estar pasando la línea que garantiza una red viable, libre y para todos.

Se abre el debate. Deje sus comentarios (evite publicar delitos (?)) Es muy importante conocer más información de este caso y otros que pueden estar sucediendo en Colombia. ¿Ha sido usted víctima del delito de injuria y calumnia?. Comente. Sus pensamientos son vitales para un debate más informado. 

 

Actualizado lunes 21 de julio. 9: 18.

El portal http://derechoinformatico.co publica el fallo y precisa, contrario a lo que dice El Espectador, que la Corte sentó jurisprudencia sobre el asunto. Aclaran que la Corte inadmitio la demanda.

Se conoce que el afectado es Gonzalo Hernan Lopez Durán.

Sentencia Gonzalo Hernan Lopez

Actualización:  lunes 21 de julio. 10 :14

El artículo publicado en El Espectador tiene imprecisiones. La Corte no se ha pronunciado  específicamente sobre las publicaciones en Internet.  Una lectura rápida sobre el documento oficial muestra que  lo hace sobre el proceso de defensa que desarrolló el abogado.

Lo que hizo la Corte fue inadmitir la demanda de casación. Es decir, el abogado interpuso un recurso extraordinario con el objetivo de anular una sentencia judicial. Lo que dice la Corte es que todo el procedimiento tuvo errores. No habla de Internet.

En ese caso se debe buscar la providencia del Tribunal Superior de Cali en la que se condenó al acusado, es allí donde se establecen los límites entre la libertad de expresión y el delito de calumnia agravada.

(Ayudó a entender esta precisión: @anitagh)

 

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